La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas. Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes.
Trámite de Nacionalidad Española por Residencia. Documentación necesaria y cómo presentar la solicitud.
La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
Una de las formas de obtención de la nacionalidad es por residencia, la cual exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce. Estos son:
Además, el interesado deberá acreditar buena conducta cívica, y suficiente grado de integración en la sociedad española.
Quién puede solicitarlo o presentarlo:
Documentación necesaria para la solicitud de mayores de edad.
Formas de Solicitarlo y presentarlo:
Documentos que han de acompañar la solicitud de menores de edad o personas con la capacidad modificada judicialmente, en todo caso:
Documentos adicionales que han de aportarse en casos específicos.
En todo caso, se deberá proceder al pago de la tasa con carácter previo al envío de la solicitud, y el mismo se podrá realizar de a través de los siguientes medios:
PRECIO DE LA TASA: 102 €
IMPORTANTE: deberá ponerse especial cuidado en liquidar correctamente el importe de la tasa, porque si se hiciese por cuantía errónea la entidad financiera no puede devolver o compensar la misma y, en caso de solicitar su reintegro, el interesado deberá iniciar un expediente de devolución de ingresos indebidos.
SUBSANACIÓN DE LA SOLICITUD: Según el artículo 10 del Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, aprobado por Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, si la solicitud o documentos presentados no reúnen los requisitos necesarios para la obtención de la nacionalidad española por residencia, se requerirá al interesado o su representante para que subsane la falta o acompañe, telemática o físicamente, para su cotejo los documentos que procedan, en el plazo de tres meses. De no producirse dicha subsanación por el interesado, se le tendrá por desistido en su petición.
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¿Cómo va lo mío?
Consultar el estado del expediente de nacionalidad por residencia en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
Hola buenas . Cumplo los requisitos para pedir la nacionalidad tengo residencia de las de diez años de vigencia soy de nacionalidad colombiana. Cuanto está tardando obtenerla ? Les agradezco esta información
Buenas tardes Helena,
Los expedientes de nacionalidad española por residencia actualmente tardan entre 1 y 2 años. Este plazo se cuenta a partir de la fecha de presentación de la solicitud del expediente y puede ser menor o mayor.
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Saludos.
Hola quería saber como puedo realizar mi solicitud de nacionalidad que particas voy hacer mi para solicitar lo que papel yo quiero saber lo antes posible gracias
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Pues