Cómo solicitar la Tarjeta Comunitaria en España [Guía actualizada]

Actualizado el viernes, 6 marzo, 2026

Obtener la Tarjeta Comunitaria (tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión) es uno de los pasos más importantes para vivir en España junto a un familiar ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza.

Esta guía actualizada te explica qué esquién puede solicitarla, los requisitos, los documentos necesarios y cómo pedir cita previa para tramitarla sin complicaciones, diferenciando cuándo corresponde este trámite (EX‑19) y cuándo, si tu familiar es español, podría corresponder el procedimiento de familiares de español (EX‑24).

¿Qué es la Tarjeta Comunitaria?

La Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión Europea, conocida como Tarjeta Comunitaria, es la tarjeta que se expide al familiar de un ciudadano de la UE/EEE/Suiza que se traslada a España o ya reside aquí y va a permanecer más de 3 meses.
Autoriza a residir legalmente en España junto al familiar comunitario y, en la práctica, permite trabajar y acceder a derechos básicos como sanidad, siempre que se cumplan las condiciones.

Nota muy importante si tu familiar es español

La normativa distingue dos regímenes diferentes:

  • La tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión (EX‑19), regulada en la Hoja 62, para familiares de ciudadanos UE/EEE/Suiza.
  • La autorización de residencia de familiares de personas con nacionalidad española (EX‑24), regulada en la Hoja 18.

En la práctica:

  • Si tu familiar es español y ha ejercido el derecho a la libre circulación (por ejemplo, ha residido y trabajado en otro país de la UE y vuelve a España), en ciertos supuestos puede tramitarse como “familiar comunitario” (EX‑19).
  • Si tu familiar es español y no ha ejercido libre circulación, normalmente el trámite que corresponde es EX‑24 (familiares de español), no la tarjeta comunitaria clásica EX‑19.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden solicitar la Tarjeta Comunitaria los familiares de un ciudadano de:

  • Un Estado miembro de la Unión Europea.
  • Un Estado parte del Espacio Económico Europeo (EEE).
  • Suiza.

Siempre que el familiar solicitante no tenga nacionalidad de esos Estados y vaya a residir en España junto al ciudadano comunitario por un periodo superior a tres meses.

Entre los familiares que pueden solicitarla se encuentran, según la normativa:

  • Cónyuge (si no hay nulidad, divorcio o separación).
  • Pareja registrada en un registro público de un Estado miembro UE/EEE (si no se ha cancelado la inscripción).
  • Pareja estable no registrada, cuando se acredite relación duradera (por ejemplo, convivencia de al menos un año o descendencia común).
  • Hijos del ciudadano de la UE o de su cónyuge/pareja, menores de 21 años o mayores a cargo, o con discapacidad.
  • Ascendientes (padres, suegros) a cargo del ciudadano de la UE o de su cónyuge/pareja.
  • Otros miembros de la familia cuando estén a cargo, convivan con el ciudadano comunitario en el país de procedencia o exista dependencia por motivos graves de salud o discapacidad.

Requisitos para la Tarjeta Comunitaria

1. Requisitos del ciudadano de la UE/EEE/Suiza

El ciudadano comunitario al que acompañas o con el que te reagrupas debe tener derecho de residencia superior a tres meses en España, cumpliendo uno de estos supuestos:

  • Ser trabajador por cuenta ajena en España.
  • Ser trabajador por cuenta propia (autónomo) en España.
  • Disponer para sí y para su familia de recursos económicos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social en España, y contar con seguro de enfermedad (público o privado) con cobertura equivalente a la del Sistema Nacional de Salud.
  • Ser estudiante matriculado en centro público o privado reconocido o financiado, con seguro de enfermedad y declaración responsable de disponer de recursos suficientes para sí y su familia.

2. Requisitos del familiar solicitante

  • No ser ciudadano de un Estado miembro de la UE, EEE o Suiza.
  • Tener el parentesco exigido (cónyuge, pareja, hijo, ascendiente u otro familiar en las condiciones legales).
  • Acompañar o reunirse con el ciudadano comunitario en España.
  • En su caso, acreditar que se encuentra a cargo o convive con el ciudadano comunitario en el país de procedencia, o que existe un motivo grave de salud o discapacidad que hace necesario su cuidado.

Documentos necesarios paso a paso

Con carácter general, se presentan copias y se exhiben los originales en el momento de la solicitud.

Documentación básica del familiar

  • Formulario EX‑19 cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte válido y en vigor (todas las páginas; si está caducado, copia + justificante de renovación).
  • Fotografía reciente en color, fondo blanco, tamaño carné (al menos una; algunas oficinas pueden pedir más para distintos trámites).

Documentos que acreditan el vínculo familiar

  • Certificado de matrimonio o inscripción de pareja registrada, en su caso.
  • Documentación que pruebe la pareja estable no registrada (convivencia continuada, descendencia común, etc.).
  • Libro de familia, certificados de nacimiento u otros documentos que acrediten la filiación (hijos) o la relación ascendente (padres/suegros).
  • Para “otros miembros de la familia”: documentos de parentesco, convivencia previa (por ejemplo, 24 meses de convivencia acreditada en el país de origen) o informes médicos que justifiquen dependencia por salud/discapacidad.

Documentos del ciudadano de la UE/EEE/Suiza

Según el supuesto, se puede pedir:

  • Trabajador por cuenta ajena:
    • Contrato de trabajo, declaración de contratación o certificado de empleo con datos básicos de la empresa.
    • Justificante de alta o situación asimilada en Seguridad Social, o consentimiento para comprobar esos datos.
  • Trabajador por cuenta propia (autónomo):
    • Alta censal, inscripción en Registro Mercantil (si procede) u otros documentos de establecimiento.
    • Justificante de alta en Seguridad Social como autónomo, o consentimiento de comprobación.
  • Sin actividad laboral:
    • Seguro de enfermedad público o privado con cobertura completa en España.
    • Documentos que prueben recursos suficientes (títulos de propiedad, rentas, extractos, tarjetas de crédito con certificado de límite de crédito, etc.).
  • Estudiante:
    • Matrícula en centro de enseñanza reconocido o financiado.
    • Seguro de enfermedad (por ejemplo, tarjeta sanitaria europea válida que cubra el periodo de residencia).
    • Declaración responsable de recursos suficientes para sí y su familia.

Traducción y legalización

Los documentos públicos extranjeros deben estar, en general, traducidos al castellano o lengua cooficial, y legalizados o apostillados según el país y los convenios aplicables, salvo que estén exentos.
La Hoja 62 explica los supuestos en los que no es necesaria legalización (por ejemplo, formularios estándar de la UE como S1, E109, E121).

Cómo pedir cita y presentar la solicitud

  1. Pedir cita previa
    • Normalmente se pide cita en la Sede electrónica para “tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión” o similar.
  2. Presentar la solicitud
    • El familiar del ciudadano de la Unión presenta la solicitud personalmente en la Oficina de Extranjería de la provincia donde va a residir o en la Comisaría de Policía correspondiente, según indiquen las instrucciones de tu provincia.
    • Entrega el formulario EX‑19, la documentación y el justificante de pago de la tasa que corresponda.
  3. Resguardo y resolución
    • Te entregarán un resguardo de presentación que acredita tu situación de estancia legal hasta que se resuelva y se expida la tarjeta.
    • La Administración dispone de un plazo de 3 meses para resolver y expedir la tarjeta de residencia.

📺 Guía en vídeo: Cómo solicitar la Tarjeta Comunitaria en España

Si prefieres verlo explicado paso a paso, aquí tienes nuestro vídeo completo sobre Cómo solicitar la Tarjeta Comunitaria en España [Guía 2025]. ¡Dale al play! 👇

Tasas para la Tarjeta Comunitaria

La normativa de Migraciones vincula la solicitud de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión con la tasa 790, código 052 (epígrafe correspondiente) para la autorización/tarjeta.
En la práctica, para la expedición física de la tarjeta (toma de huellas, TIE) se utiliza también la tasa 790, código 012, que es la que se paga en la Sede de la Policía Nacional.

Por eso, es importante que, antes de la cita, revises:

  • Si tu Oficina de Extranjería exige la 790/052 para la autorización/tarjeta.
  • Y si la Comisaría de Policía exige además la 790/012 en el momento de huellas.

¿Cuánto dura la Tarjeta Comunitaria?

La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión tiene, por regla general, una validez de 5 años desde la fecha de expedición, o el periodo previsto de residencia del ciudadano comunitario si este fuera inferior.

Tras esos 5 años de residencia continuada, en muchos casos se puede solicitar la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión (Hoja 63) o, según el caso, una residencia de larga duración.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Puedo trabajar con la Tarjeta Comunitaria?

Sí, la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión habilita a residir y a trabajar por cuenta ajena o propia, sin necesidad de un permiso de trabajo adicional.

¿Tengo que estar empadronado con el ciudadano de la UE?

Es muy recomendable, porque el empadronamiento conjunto es una de las formas más claras de acreditar la convivencia en España.

¿Qué pasa si mi familiar es español?

Si es español y ha ejercido libre circulación en otro país de la UE antes de venir a España, en ciertos supuestos puede aplicarse el régimen de familiar comunitario (EX‑19). Si no ha ejercido libre circulación, normalmente te correspondería el procedimiento de familiares de español (EX‑24).

¿Puedo presentar la solicitud fuera de plazo (después de 3 meses)?

La Hoja 62 fija el plazo de 3 meses desde la entrada, pero si se presenta más tarde puede haber consecuencias y conviene asesorarse, ya que podrías estar en situación irregular.

¿Necesito siempre seguro médico privado?

Depende del supuesto: si el ciudadano comunitario trabaja y cotiza, suele estar cubierto por el sistema público; si no trabaja, debe acreditarse un seguro (público o privado) con cobertura equivalente a la del Sistema Nacional de Salud.

Enlaces de interés

Consejos finales

✔️ Revisa bien la documentación antes de la cita.
✔️ Paga la tasa y guarda el comprobante.
✔️ Si tienes dudas, acude a asociaciones como CEAR, Accem o Cáritas para asesoría gratuita.
✔️ Consulta la web oficial de extranjería para actualizaciones.

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2 comentarios en «Cómo solicitar la Tarjeta Comunitaria en España [Guía actualizada]»

    • ¡Hola! 👋
      Cuando vayas al desplegable de citas para tu Tarjeta Comunitaria, la opción que debes seleccionar normalmente es “POLICÍA – TOMA DE HUELLLAS (EXPEDICIÓN DE TARJETA)”, ya que después de la resolución del expediente tienes que acudir a la toma de huellas para que te expidan la tarjeta.

      Si es el primer trámite para presentar la solicitud, selecciona la opción relacionada con “Residencia de familiar de ciudadano de la UE” o similar, según tu provincia.

      ¡Mucho ánimo con el trámite!

      Responder

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